Resumen | |
[J] | Sanción consecutiva de suspensión de empleo y despido por mismos hechos.(publicado en Actualidad Diaria 921 el 25 de enero de 2007) |
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el trabajador demandante, que ostentaba la categoría de capitán de barco, fue sancionado por determinados hechos que la empresa calificó de negligentes por carta de 5 de agosto de 2003. En esa carta, que lleva fecha de 1 de agosto, y que la empresa rotuló "Asunto: Apertura de expediente informativo sobre los hechos ocurridos el pasado 15 de mayo de 2003", se hace constar expresamente que "..... Entretanto y haciendo uso de la facultad sancionadora, hemos decidido imponerle una sanción de empleo y sueldo de 120 días, la cual será efectiva desde el próximo día 2 de agosto hasta el 29 de septiembre de 2003", reservándose la empresa el "derecho a pedir daños y perjuicios y el despido fulminante" si se "demostrase la negligencia o dolo actuación". El trabajador recurrió esta sanción y la sentencia firme del Juzgado de lo Social de fecha 29 de octubre de 2003 , la revocó y dejó sin efecto al apreciar la prescripción de los hechos denunciados. | |
Información relacionada | |
[J] Procedimiento Administrativo Sancionador. Principio non bis in idem. Preferencia de la jurisdicción penal. Vertido de aguas. | |
[J] Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen – Artículo 54 – Principio non bis in idem – Ámbito de aplicación – Absolución de los inculpados por prescripción del delito | |
[J] Expulsión de extranjeros por vía administrativa si han cometido un delito y están siendo juzgandos los hechos en la vía penal. | |
[J] Estafa continuada producida por un tarotista que gracias a la confianza ganada hizo que dos hermanos le entregaran cantidades no superiores a 6.000.000 de pesetas, en diferentes ocasiones, con la excusa de comprar un apartamento. | |
[J] Recurso de amparo. Separación del servicio de un funcionario de policía por haber cometido un delito con dolo que lleva aparejada la privación de libertad. Vulneración del principio non bis in idem. | |
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